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Legislación › Real Decreto 1573/1985, de 1 de agosto, por el que se regulan las denominaciones genéricas y específicas de productos alimentarios.

Artículo 8.

Artículo 8.

Para instrumentar la colaboración previa a la ratificación de las Denominaciones a que se refiere este Real Decreto, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación prestará apoyo técnico a las Comunidades Autónomas que lo soliciten.

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