Legislación › Real Decreto 1573/1985, de 1 de agosto, por el que se regulan las denominaciones genéricas y específicas de productos alimentarios.
Artículo 8.
Artículo 8.
Para instrumentar la colaboración previa a la ratificación de las Denominaciones a que se refiere este Real Decreto, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación prestará apoyo técnico a las Comunidades Autónomas que lo soliciten.


