Legislación › Ley Foral 19/1984, de 20 de diciembre, de la Cámara de Comptos de Navarra.
Artículo 30.
Artículo 30.
1. Como Secretario general de la Cámara de Comptos actuará uno de los Letrados designados por su Presidente y a él corresponderá el ejercicio de las funciones a que hace referencia el artículo 17, apartado segundo, de esta Ley.
2. El Secretado general de la Cámara de Comptos será nombrado y cesado libremente por el Presidente de entre los Letrados.


