Legislación › Orden de 24 de septiembre de 1985 sobre liquidación intervenida de Entidades aseguradoras.
Primero.
Primero.
Sin perjuicio de la actuación de los liquidadores e interventores en la liquidación intervenida de Entidades aseguradoras que ha de ajustarse a las normas contenidas en el capítulo VII del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado aprobado por Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto, la Dirección General de Seguros, a la vista de la situación patrimonial de la Entidad, podrá establecer un procedimiento especial para agilizar el proceso de liquidación, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Orden.


