Legislación › Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.
Artículo 7. Competencias del Vicepresidente del Consejo.
Artículo 7. Competencias del Vicepresidente del Consejo.
Corresponde al Vicepresidente del Consejo de Administración sustituir al Presidente del Consejo de Administración en caso de ausencia, incapacidad transitoria, enfermedad o fallecimiento hasta el nombramiento de nuevo Presidente, en la forma prevista en el artículo 4.4 de la presente Ley.


