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Legislación › Real Decreto 2069/1985, de 9 de octubre, sobre articulación de competencias en materia de actividades deportivas universitarias.

Artículo 4.

Artículo 4.

1. Corresponde al Consejo Superior de Deportes la coordinación efectiva en la promoción y difusión de la práctica del deporte universitario y en su programación global.

2. Ademas de las funciones señaladas en el apartado anterior, corresponde al Consejo Superior de Deportes:

a) Organizar competiciones y demás actividades deportivas de carácter nacional e internacional.

b) Realizar y promover estudios de interés para la actividad deportiva universitaria.

c) Facilitar asistencia técnica y asesoramiento a las Universidades, Comunidades Autónomas y Consejo de Universidades.

d) Formular las recomendaciones que en materia de deporte universitario considere convenientes.

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