Legislación › Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar.
Artículo ciento ochenta y nueve.
Artículo ciento ochenta y nueve.
El militar que, simulando necesidades para el servicio o derechos económicos a favor del personal, solicitare la asignación . de crédito presupuestario para atención supuesta, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a dos años.
Si las cantidades así obtenidas se aplicaren en beneficio propio, se impondrá la pena de dos a diez años, que graduará el Tribunal atendiendo en especial al lucro obtenido.
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