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Legislación › Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera.

Los conciertos educativos cuya vigencia se inicie en el curso académico 1986-87 tendrán una duración de tres años, sin perjuicio de su renovación en los términos previstos en este reglamento.

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