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Legislación › Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología.

Artículo doce.

Artículo doce.

Las competencias que, de acuerdo con la presente Ley, corresponden a la Administración del Estado serán ejercidas por el Ministerio de la Presidencia, o a propuesta del mismo, sin perjuicio de lo previsto en el artículo anterior y de las funciones que, por razón de su competencia específica, hayan de desarrollar otros Departamentos ministeriales.

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