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Legislación › Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

El Ministerio de la Presidencia reestructurará sus actuales órganos a fin de dotarlos de las competencias administrativas y de orden técnico a que se refiere el artículo doce de esta Ley. Hasta entonces subsistirá en su funcionamiento la Comisión Nacional de Metrología y Metrotecnia con su actual composición y competencias.

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