Legislación › Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
Artículo 191. Características de la aplicación informática.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de abril de 1986 y la del 7 de junio de 2003.
Tachado: lo que se quitó (233 palabras). Subrayado: lo que se añadió (53 palabras).
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Artículo 191. El libro de inscripciones.
1. Cada concesión o autorización abrirá folio registral en elTodos los asientos posteriores relativos a la misma concesión o autorización se practicarán a continuación, sin dejar claros entre los asientos. Todos los asientos se numerarán correlativamente. Cuando se llene la hoja destinada a una concesión o autorización se abrirá otra, que se relacionará con la anterior mediante las oportunas notas de referencia.
2. La primera inscripción será la de inmatriculación y contendrá los siguientes apartados: El Registro de
a) Número de concesión o autorización, que será invariable, cualquiera que sea el tracto de la misma.
b) Nombre de la corriente o acuífero del que procedan las aguas.
c) Claseaprovechamiento y afección concreta Aguas estará compuesto por una estructura informática de las aguas. datos y
d) Nombre del titular.
e) Lugar, término municipalprovincia su transcripción en la papel que se toma el agua. denomina libro de
f) Caudal máximo concedido, expresado en litros por segundo, con indicación de cualquier otra circunstancia relevante en la forma de uso del agua, como el caudal máximo en el mesmayor consumo, caudal medio aprovechable inscripciones, que estará integrado por hojas móviles foliadas y uso discontinuo. selladas por
g) Volumen máximo anual en metros cúbicoshectárea, cuando se trate de concesión para riegos. el Organismo de
h) Superficie regable, en hectáreas, si se trataseriegos. cuenca, consignándose en
i) Desnivel máximo,metros, ellas el tomo y salto bruto en metros, si se tratase nombre del registro. En la primera hoja de usos hidroeléctricos. cada libro se
j) Potencia instalada, en kilovatios, cuandotrate de aprovechamientos hidroeléctricos. extenderá una certificación fechada, en la que
k) Títuloampara se hará constar el derecho, con expresión número de su fecha y autoridad inscripciones que lo haya concedido, en su caso. componen.
l) Condiciones específicas de la concesión o autorización.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de septiembre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-9775 | Leer | Qué cambió |
| 7 de junio de 2003 | BOE-A-2003-11384 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 1986 | Texto original | Leer |


