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Legislación › Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.

Artículo 260. Limitaciones a las actuaciones industriales contaminantes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de abril de 1986 y la del 7 de junio de 2003. Tachado: lo que se quitó (66 palabras). Subrayado: lo que se añadió (135 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 260. Limitaciones a las actuaciones industriales contaminantes.
1. El Organismo de cuenca podrá suspender temporalmente las Las autorizaciones administrativas sobre establecimiento, modificación o traslado de vertido instalaciones o modificar sus condiciones, cuando las circunstancias industrias que motivaron su otorgamiento se hubiesen alterado o sobrevinieran otras que, de haber existido anteriormente, habrían justificado su denegación originen o el otorgamiento en términos distintos. Corresponderá al Gobierno puedan originar vertidos se otorgarán condicionadas a la suspensión definitiva obtención de la correspondiente autorización (art. 96 de la LA). vertido.
2. Si las variaciones El Gobierno podrá prohibir, en zonas concretas, aquellas actividades y procesos industriales cuyos efluentes, a pesar del tratamiento a que sean sometidos, puedan constituir riesgo de contaminación grave para las condiciones aguas, bien sea en su funcionamiento normal, bien en caso de situaciones excepcionales previsibles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 del texto refundido de la Ley de Aguas.
2. Las autorizaciones de
vertido causantes tendrán, en todo caso, el carácter de previas para la suspensión temporal del mismo pudieran incidir implantación y entrada en funcionamiento de la salud publica, sedará cuenta industria o actividad que se trata de establecer, modificar o trasladar, y precederán a la autoridad sanitaria. las licencias de apertura o de actividad que hayan de otorgar las Administraciones local o autonómica en razón de su competencia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de septiembre de 2023 En vigor BOE-A-2023-18806 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2016 BOE-A-2016-12466 Leer Qué cambió
7 de junio de 2003 BOE-A-2003-11384 Leer Qué cambió
30 de abril de 1986 Texto original Leer

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