Legislación › Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
Artículo 4.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de junio de 2003 y la del 20 de septiembre de 2023.
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Artículo 4.
1. Alveo Se entiende por cauce público al álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua es el cuyo terreno queda cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias (art. ordinarias, de acuerdo con el artículo 4 del TR texto refundido de la LA). Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, (en adelante, TRLA). La determinación de ese terreno se realizará atendiendo a sus características geomorfológicas, ecológicas y teniendo en cuenta las informaciones hidrológicas, hidráulicas, fotográficas y cartográficas que existan, así como las referencias históricas disponibles.
2. Se En los tramos de cauce donde exista información hidrológica suficiente, se considerará como caudal de la máxima crecida ordinaria la medra media de los máximos caudales anuales, instantáneos anuales en su régimen natural, producidos durante calculada a partir de las series de datos existentes y seleccionando un período que incluirá el máximo número de años posible y será superior a diez años consecutivos, consecutivos. Dicho periodo será representativo del comportamiento hidráulico de la corriente y en su definición se tendrá en cuenta las características geomorfológicas, ecológicas y referencias históricas disponibles.
En los tramos de cauce en los que sean representativos no haya información hidrológica suficiente para aplicar el párrafo anterior, el caudal de la máxima crecida ordinaria se establecerá a partir de métodos hidrológicos e hidráulicos alternativos, y, en especial, a partir de la simulación hidrológica e hidráulica de la determinación del álveo o cauce natural y teniendo en cuenta el comportamiento hidráulico de la corriente. corriente, las características geomorfológicas, ecológicas y referencias históricas disponibles.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de septiembre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-18806 | Leer | Qué cambió |
| 7 de junio de 2003 | BOE-A-2003-11384 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2016 | BOE-A-2016-12466 | Leer | Qué cambió |
| 17 de enero de 2008 | BOE-A-2008-755 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 1986 | Texto original | Leer |


