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Legislación › Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial.

Art. 93.

Art. 93.

En caso de vacante, ausencia o enfermedad u otro motivo legítimo, el Secretario General será sustituido por el Jefe del Servicio, que designe el Presidente, poniéndolo en conocimiento del Pleno.

Para la asistencia a las reuniones de los órganos del Consejo distintos del Pleno, el Secretario General podrá comisionar en su lugar al funcionarlo responsable del área correspondiente.

Redactado el párrafo segundo conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 136, de 7 de junio de 1986. BOE-A-1986-14683

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