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Legislación › Orden de 24 de abril de 1986 por la que se regula el vuelo en ultraligero.

Artículo 21. Sanciones.

Artículo 21. Sanciones.

Todas las infracciones, cometidas contra esta Orden por los Alumnos-Pilotos o Pilotos de Ultraligero, podrán ser objeto de expediente sancionador con arreglo a lo previsto en la Ley de Navegación Aérea.

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