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Legislación › Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 46.

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Artículo 46.
La afectación es el acto por el cual un bien o derecho perteneciente a l la Comunidad Autónoma de Andalucía o Entidad dependiente de ella es destinado a un uso o servicio público.
Esta afectación implicará la traslación del dominio a la Comunidad Autónoma si se adscribe un bien de dominio privado
a un uso o servicio público.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-1604 Leer Qué cambió
29 de mayo de 1986 Texto original Leer

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