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Legislación › Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, por el que se adaptan las normas legales en materia de establecimientos de crédito al ordenamiento jurídico de la Comunidad Económica Europea.

CAPITULO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de julio de 1986 y la del 19 de agosto de 1988. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

CAPITULO I
Establecimientos Entidades de crédito

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de agosto de 1988 En vigor BOE-A-1988-18845 Leer Qué cambió
20 de julio de 1986 Texto original Leer

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