LexTotal

Legislación › Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior.

Artículo 3.

Artículo 3.

Son funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en relación con los organismos sanitarios internacionales:

1. El informe sanitario de todos los convenios internacionales.

2. La participación y cumplimiento de las obligaciones sanitarios de España en los Organismos internacionales relacionados con la salud en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores.

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →