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Legislación › Ley 3/1986, de 19 de abril, de Normalización Lingüística.

Artículo 25.

Artículo 25.

1. Los Profesores y alumnos en los Centros de enseñanza superior tienen derecho a usar oralmente o por escrito la lengua oficial de su preferencia.

2. El Govern de la Comunidad Autónoma y la autoridades universitarias tienen el compromiso de asegurar, a través de cursos y de otros medios, la comprensión y el uso de la lengua catalana, oral y escrita, por parte de Profesores y alumnos en la enseñanza universitaria.

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