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Legislación › Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Oleaginosas.

VI

VI. Pruebas de precontrol y postcontrol

Todo productor ha de sembrar en campos de precontrol una parcela con la muestra de cada lote que haya precintado de semilla de base.

En los ensayos de postcontrol se sembrarán al menos las muestras correspondientes a un 30 por 100 de los lotes de semilla certificada que no se vaya a utilizar para nuevas multiplicaciones, elegidos al azar. En los ensayos de postcontrol de girasol híbrido se sembrarán las muestras de todos los lotes.

El tamaño de las parcelas correspondientes a cada muestra no debe ser inferior a 20 metros cuadrados para las semillas certificadas y 30 metros cuadrados para las de base.

En las parcelas de precontrol y postcontrol se señalarán, pero no arrancarán, las plantas de otras variedades, de otro tipo (no las que sean variación típica de la variedad), y mutantes.

Redactado el título y los párrafos segundo y cuarto conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 13, de 15 de enero de 1987. BOE-A-1987-893

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