Legislación › Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Sorgo.
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V. Requisitos de los lotes de semillas
Primero. Lotes de semillas: El tamaño máximo de los lotes de semillas serán los indicados en el anexo número 3.
Segundo. Envases:
Los envases en que se vaya a comercializar la semilla podrán tener cualquier capacidad comprendida entre 2 y 50 kilogramos. Se exceptúan de la limitación superior de peso los contenedores u otros recipientes que se admitan internacionalmente para el transporte de semilla.
No existe limitación en cuanto al material de que estén fabricados los envases, siempre que reúnan las suficientes condiciones de seguridad y sean aptos para la conservación de la semilla.


