Legislación › Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Sorgo.
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VI. Pruebas de precontrol y postcontrol
Todo productor ha de sembrar en campos de precontrol una parcela con las muestras de cada uno de los lotes que haya certificado de semilla de base. Asimismo realizará pruebas de postcontrol, sembrándose, como mínimo, las muestras elegidas al azar correspondientes a un 20 por 100 de los lotes de semilla certificada.
El tamaño de las parcelas correspondientes a cada muestra no debe ser inferior a 100 metros cuadrados, para la semilla certificada y 200 metros cuadrados, para la de base.


