Legislación › Ley 1/1986, de 2 de mayo, sobre la Dehesa en Extremadura.
Artículo 43.
Artículo 43.
Se podrán conceder auxilios económicos y técnicos, con objeto de estimular y facilitar la unificación de las distintas titularidades dominicales que pudieran recaer sobre los diversos aprovechamientos de una misma dehesa.


