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Legislación › Ley 1/1986, de 2 de mayo, sobre la Dehesa en Extremadura.

Artículo 43.

Artículo 43.

Se podrán conceder auxilios económicos y técnicos, con objeto de estimular y facilitar la unificación de las distintas titularidades dominicales que pudieran recaer sobre los diversos aprovechamientos de una misma dehesa.

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