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Legislación › Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, por el que se regulan las asociaciones de padres de alumnos.

Artículo 11.

Artículo 11.

1. Las asociaciones de padres de alumnos podrán federarse en el nivel local o en ámbitos territoriales más amplios, así como confederarse.

2. La constitución de federaciones o confederaciones se comunicará al Ministerio de Educación y Ciencia a los efectos de su inclusión en el censo a que se refiere el artículo 8º.

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