Legislación › Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, por el que se regulan las asociaciones de padres de alumnos.
Artículo 11.
Artículo 11.
1. Las asociaciones de padres de alumnos podrán federarse en el nivel local o en ámbitos territoriales más amplios, así como confederarse.
2. La constitución de federaciones o confederaciones se comunicará al Ministerio de Educación y Ciencia a los efectos de su inclusión en el censo a que se refiere el artículo 8º.


