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Legislación › Real Decreto 1671/1986, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Cesión de Bienes del Patrimonio Sindical Acumulado.

Artículo 8.

Artículo 8.

Las cesiones serán gratuitas y correrán a cargo de los cesionarios todos los gastos derivados del uso y mantenimiento de los bienes. Respecto a los gravámenes de naturaleza tributaria, se estará a lo previsto en cada caso por las correspondientes normas tributarias aplicables.

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