Legislación › Real Decreto 1671/1986, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Cesión de Bienes del Patrimonio Sindical Acumulado.
Artículo 8.
Artículo 8.
Las cesiones serán gratuitas y correrán a cargo de los cesionarios todos los gastos derivados del uso y mantenimiento de los bienes. Respecto a los gravámenes de naturaleza tributaria, se estará a lo previsto en cada caso por las correspondientes normas tributarias aplicables.


