Legislación › Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Art. 103.
Art. 103.
Las comunicaciones a que hacen referencia los artículos 101 y 102 podrán integrarse, respectivamente, en el mismo envío.
Se añade por el artículo único.1 del Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre. BOE-A-1997-810


