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Legislación › Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Art. 103.

Art. 103.

Las comunicaciones a que hacen referencia los artículos 101 y 102 podrán integrarse, respectivamente, en el mismo envío.

Se añade por el artículo único.1 del Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre. BOE-A-1997-810

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