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Legislación › Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Artículo 53 ter.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2005 y la del 1 de enero de 2010. Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (150 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 53 ter.
La funcionaria víctima de Violencia violencia de Género género que se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venía prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrá derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo propio de su Cuerpo o Escala y de análogas características características, sin necesidad de que se encuentre vacante y sea vacante de necesaria provisión. cobertura. En tales supuestos el órgano de la Administración de la Comunidad de Madrid competente en cada caso estará obligado a comunicarle las vacantes de necesaria provisión ubicadas en la misma localidad o en las localidades que la interesada expresamente solicite.
Este traslado tendrá la consideración de forzoso.
La ocupación del nuevo puesto de trabajo tendrá carácter provisional durante el primer año, con reserva del puesto de trabajo que anteriormente desempeñaba la funcionaria. Terminado dicho periodo, la funcionaria podrá optar entre reincorporarse al puesto de trabajo anterior o continuar en el de destino, que lo desempeñará con el mismo carácter que ostentaba en el de origen, decayendo la obligación de la reserva.
Sin perjuicio de lo anterior y siempre que no lo impidan circunstancias organizativas y funcionales, la Administración podrá proponer a la interesada el cambio de adscripción orgánica del puesto que desempeña a otro centro.
En las actuaciones y procedimientos relacionados con la violencia de género, se protegerá la intimidad de las víctimas, en especial, sus datos personales, los de sus descendientes y los de cualquier persona que esté bajo su guardia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2010 En vigor BOE-A-2010-4183 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2005 BOE-A-2006-3667 Leer

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