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Legislación › Ley 5/1986, de 7 de julio, del Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria.

Artículo 2. Sede

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de julio de 1986 y la del 27 de marzo de 1991. Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 2. Sede
El Centro tiene su La sede en Santander y podrá del Centro será determinada por el Consejo de Gobierno, oído el Consejo Rector, pudiendo desarrollar sus actividades en otras localidades de Cantabria. diferentes a su sede.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de marzo de 1991 En vigor BOE-A-1991-10360 Leer Qué cambió
26 de julio de 1986 Texto original Leer

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