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Legislación › Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Oviedo.

Art. 25.

Art. 25.

El Consejo Social, previo informe motivado del Secretario, fijará la plantilla que deba ser destinada a sus dependencias.

El Consejo Social se valdrá de los medios personales y materiales de la Universidad a fin de no duplicar Cuerpos ni servicios.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el Consejo Social podrá aprobar la convocatoria de plazas de personal de Administración y Servicios de acuerdo con la legislación sobre Función Pública.

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