Legislación › Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Oviedo.
Art. 25.
Art. 25.
El Consejo Social, previo informe motivado del Secretario, fijará la plantilla que deba ser destinada a sus dependencias.
El Consejo Social se valdrá de los medios personales y materiales de la Universidad a fin de no duplicar Cuerpos ni servicios.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el Consejo Social podrá aprobar la convocatoria de plazas de personal de Administración y Servicios de acuerdo con la legislación sobre Función Pública.


