LexTotal

Legislación › Real Decreto 2020/1986, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras.

Artículo 14.

Artículo 14.

La Comisión desempeñará las funciones de Liquidador de una determinada Entidad con sujeción a las normas a que se refiere el articulo 1.º del presente Real Decreto, teniendo carácter de Derecho supletorio la Ley de Sociedades Anónimas.

Redactado conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 287, de 1 de diciembre de 1986. BOE-A-1986-31608

← Artículo 13 Índice Artículo 15 →