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Legislación › Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.

Artículo 51. Régimen de las menciones inscritas hasta la publicación de la solicitud.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de noviembre de 1986 y la del 24 de marzo de 2010. Tachado: lo que se quitó (21 palabras). Subrayado: lo que se añadió (23 palabras). Volver al texto en vigor

Art. Artículo 51. Régimen de los actos inscritos las menciones inscritas hasta la publicación de la solicitud solicitud.
Sin perjuicio de lo establecido previsto en la rey, ninguna Ley de las inscripciones previstas en Patentes, los artículos 49 y 50 datos inscritos en el Registro de Patentes no serán accesibles al público antes de que la solicitud de patente haya sido publicada en las condiciones previstas según lo previsto en el artículo 26.2. 26.2 de este reglamento.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de marzo de 2010 En vigor BOE-A-2010-4766 Leer Qué cambió
1 de noviembre de 1986 Texto original Leer

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