Legislación › Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.
Artículo 59. Inicio de la actividad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de febrero de 1996 y la del 24 de marzo de 2010.
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Art. Artículo 59. Inicio de la actividad.
1. Las personas que deseen obtener la inscripción en Para iniciar el Registro Especial de Agentes ejercicio de la Propiedad Industrial deberán presentar una solicitud dirigida al Director actividad de agente de la propiedad industrial será necesario haber presentado previamente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas en la Marcas, una declaración responsable, según modelo que se incluirá la fecha adjunta como anexo a este reglamento, en la que se superó el examen de aptitud a los interesados manifiesten, bajo su responsabilidad, que se refiere cumplen todos los requisitos establecidos en el artículo 157.4 157 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, y a que disponen de la documentación que acompañarán los documentos a los así lo acredita y que se refiere el siguiente párrafo. comprometen a
2. Los documentosque se refiere el párrafo anterior son los siguientes: mantener su cumplimiento en
a) Título facultativo o testimonio notarial del mismo.
b) Fotocopia compulsada del documento de identidad.
c) Declaración de no estar procesado ni haber sido condenado por delitos dolosos.
d) Documento de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas acreditativo de tener despacho profesionalEspaña, o documento equivalente acreditativo de tener despacho profesional tanto no se produzca su baja en un Estado miembro de la Unión Europea. actividad, por cualquiera de
e) Declaraciónno estar incurso en las causas de incompatibilidad circunstancias previstas en el artículo 159 de la Ley. 158 de la
f) Resguardo de haber constituido fianza a disposición del DirectorOficina Española Ley de Patentes y Marcas en los términos establecidos en los artículos 60 y 61. Patentes.
g) Copia 2. La declaración responsable habilita para el ejercicio de la póliza de seguro de responsabilidad civil concertado según lo dispuesto actividad, desde su presentación, en el artículo 62. todo el
3. Para la realización del examen de aptitud a que se refiereapartado 4 del artículo 157 de la Ley se efectuarán las correspondientes convocatorias públicas con territorio nacional y por un periodo indefinido. Una vez recibida la periodicidad que acuerde el Director de declaración responsable, la Oficina Española de Patentes y Marcas. Marcas procederá de
4. Las bases de las convocatorias regularán el procedimiento de acceso a las pruebas y el de su realización y calificación, de conformidad con las siguientes directrices:
a) El examen de aptitud tendrá por finalidad valorar si el aspirante posee los conocimientos necesarios para desempeñar la actividad profesional definida en el artículo 156 de la Ley, en particular, si el aspirante posee un conocimiento suficientemente ampliolas normas nacionales e internacionales que regulan y afectan oficio a la propiedad industrial y si está familiarizado con el manejo de tal conocimiento, para aplicarlo en las condiciones que se plantean habitualmente a un inscripción del agente de la propiedad industrial durante en el ejercicio Registro Especial de su profesión. agentes de
b) El examen constarápruebas teóricas y prácticas, realizándose sobre la base del programa que se hará público junto con la convocatoria. propiedad industrial. Si la
c) Entrepublicación declaración responsable careciera de la convocatoria y el comienzo alguno de las pruebas deberá transcurrir un período de, al menos, cuatro meses. los datos de
5. El tribunal calificador será designado en la convocatoria y estará compuesto por un número imparmiembros, carácter no inferior a cinco, designándose también a los miembros suplentes. Los miembros del Tribunal se designarán entre especialistas esencial establecidos en materia de propiedad industrial el modelo que tengan una titulación igual o superior se adjunta como anexo a la exigida en el artículo 157.3 de este reglamento, la Ley 11/1986, de 20 de marzo, Oficina Española de Patentes. Patentes y
Al tribunal corresponderá el desarrollola calificación de las pruebas selectivas, Marcas requerirá al interesado para que, en un plazo de conformidad diez días, la complete, con las bases indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por no presentada la convocatoria. declaración responsable.
La acreditación 3. No se podrá exigir la presentación de haber superado estudios documentación acreditativa del tercer ciclo universitario en materia cumplimiento de propiedad industrial los requisitos junto con una duración superior a quinientas horas en su conjunto, incrementará la calificación obtenida en las pruebas teóricas del examen de aptitud en un 25 por 100 de la puntuación máxima posible asignada a las pruebas teóricas en la correspondiente convocatoria. declaración responsable. No obstante, esta documentación deberá estar disponible para su presentación ante la Oficina Española de Patentes y Marcas
6. Los aspirantes que no superen el examen de aptitud en una convocatoria podrán participar en convocatorias posteriores.
7. El tribunal calificador elevará al Director dela relación de cuando ésta así lo requiera.
A los aspirantes que hayan superado el examen efectos de aptitud. El Director acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Oficina Española normativa vigente, se aceptarán los documentos procedentes de Patentes y Marcas dará adecuada publicidad a otro Estado miembro de la lista Unión Europea, de aspirantes aprobados y expedirá los correspondientes certificados de aptitud, acreditativos del requisito establecido que se desprendan que se cumplen tales requisitos, en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 157 17.2 de la Ley. Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-4766 | Leer | Qué cambió |
| 8 de febrero de 1996 | BOE-A-1996-2538 | Leer | Qué cambió |
| 1 de noviembre de 1986 | Texto original | Leer |


