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Legislación › Real Decreto 2531/1986, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la recaudación de las cuotas de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local.

Art. 6.

Art. 6.

1. Del cumplimiento del presente Real Decreto serán especialmente responsables los Secretarios e Interventores de las Corporaciones Locales que, a los efectos de este Real Decreto, actuarán como delegados de la MUNPAL en la Corporación correspondiente.

2. Los Secretarios de las Corporaciones, o los interventores de las mismas, en su caso, deberán comunicar a la Mutualidad, en los plazos que se señalen, las altas, bajas, variaciones y cuantas incidencias se produzcan en el colectivo de asegurados, así como en el de pensionistas, si la Corporación actúa como oficina pagadora, a fin de que las liquidaciones y las nóminas mensuales a producir por la Mutualidad se ajusten a la situación efectiva de los asegurados y pensionistas.

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