Legislación › Ley 6/1986, de 28 de noviembre, de Archivos de Aragón.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Los titulares de los archivos de uso público integrados en el Sistema de Archivos de Aragón podrán establecer normas internas para el funcionamiento de los mismos, que serán sometidas, para su aprobación, al Departamento de Cultura y Educación, previo informe de la Comisión Asesora de archivos.
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