Legislación › Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Artículo 144.
Artículo 144.
Lo dispuesto en los artículos anteriores se entiende sin perjuicio de los casos en que proceda el funcionamiento en régimen de Concejo Abierto.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 12, de 14 de enero. BOE-A-1987-772


