Legislación › Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.
Artículo 40. Límite de circulación de moneda metálica.
Artículo 40. Límite de circulación de moneda metálica.
El importe máximo de la moneda metálica en circulación durante el ejercicio de 1987 se fija en 250.000 millones de pesetas.


