Legislación › Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.
Disposición adicional cuadragésima tercera.
Disposición adicional cuadragésima tercera.
El Gobierno, por Real Decreto, determinará las modificaciones orgánicas y la adscripción de medios personales y materiales necesarios para el ejercicio de las competencias atribuidas al Ministerio para las Administracines Públicas en la presente Ley, realizando el Ministerio de Economía y Hacienda las oportunas transferencias de crédito.
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