Legislación › Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.
Disposición adicional vigésima primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de enero de 1987 y la del 1 de enero de 1992.
Tachado: lo que se quitó (60 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición adicional vigésima primera.
Podrán acceder al Régimen Fiscal de las Fusiones de Empresas, regulado en la Ley 76/1980, de 26 de diciembre, sociedades cuyas acciones sean de cotización calificada en Bolsa, cualesquiera que sean las actividades que desarrollen, siempre que la sociedad resultante de la fusión tenga más del 50 por 100 de su activo, estimado en valores reales, afecto a explotaciones económicas. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1992 En vigor | BOE-A-1991-30076 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 1987 | Texto original | Leer |
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