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Legislación › Real Decreto 260/1986, de 17 de enero, por el que se crea la representación permanente de España ante las Comunidades Europeas.

Art. 1.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de febrero de 1986 y la del 23 de diciembre de 1995. Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (18 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 1.
1. Se crea la representación permanente Representación Permanente de España ante las Comunidades Europeas, la Unión Europea, que tendrá el carácter de unidad orgánica dependiente administrativa y financieramente del Ministerio de Asuntos Exteriores a través de la Secretaria Secretaría de Estado para las Comunidades Europeas. la Unión Europea.
2. La representación permanente Representación Permanente será el órgano acreditado, con carácter representativo y de gestión,por gestión, por el Estado español ante las Comunidades Europeas la Unión Europea y asegurará la presencia de España en las instituciones y órganos dependientes de las mismas. la misma.
3. La representación permanente tendrá su sede en Bruselas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de diciembre de 1995 En vigor BOE-A-1995-27558 Leer Qué cambió
14 de febrero de 1986 Texto original Leer

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