Legislación › Real Decreto 260/1986, de 17 de enero, por el que se crea la representación permanente de España ante las Comunidades Europeas.
Art. 1.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de febrero de 1986 y la del 23 de diciembre de 1995.
Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (18 palabras).
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Art. 1.
1. Se crea la representación permanente Representación Permanente de España ante las Comunidades Europeas, la Unión Europea, que tendrá el carácter de unidad orgánica dependiente administrativa y financieramente del Ministerio de Asuntos Exteriores a través de la Secretaria Secretaría de Estado para las Comunidades Europeas. la Unión Europea.
2. La representación permanente Representación Permanente será el órgano acreditado, con carácter representativo y de gestión,por gestión, por el Estado español ante las Comunidades Europeas la Unión Europea y asegurará la presencia de España en las instituciones y órganos dependientes de las mismas. la misma.
3. La representación permanente tendrá su sede en Bruselas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de diciembre de 1995 En vigor | BOE-A-1995-27558 | Leer | Qué cambió |
| 14 de febrero de 1986 | Texto original | Leer |


