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Legislación › Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Publica de la Administración del Principado de Asturias.

Artículo 51.

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Artículo 51.
1. La Administración del Principado de Asturias proveerá sus puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
2.
Los puestos de trabajo adscritos a funcionarios se proveerán de acuerdo con los siguientes procedimientos:
a) Concursos, Concurso, que será el sistema procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo y en el que se tendrán únicamente consistirá en cuenta la valoración de los méritos exigidos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico.
b) Libre designación con convocatoria pública, consistente en
la correspondiente convocatoria, entre apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los que figurarán candidatos en relación con los adecuados requisitos exigidos para el desempeño del puesto, y que solo será de aplicación a aquellos puestos que por su especial responsabilidad y confianza expresamente se determinen en las características relaciones de cada puesto puestos de trabajo, así como la posesión trabajo en atención a los establecidos en el siguiente apartado.
3. Atendiendo a su especial responsabilidad y confianza, se proveerán por el sistema
de un determinado grado personal, la valoración del libre designación los siguientes puestos de trabajo:
a) Las Jefaturas de Servicio y los puestos de
trabajo desarrollado, directamente adscritos a cargos nombrados por decreto del Consejo de Gobierno.
b) Los puestos de secretaría de despacho y de conductor de
los cursos miembros del Gobierno y de formación los Altos Cargos de la Administración del Principado de Asturias y perfeccionamiento superados de los Directores o Gerentes u órganos equivalentes de los organismos y entes públicos de la antigüedad. Administración del Principado de Asturias.
b) Libre designación, sistema que podrá utilizarse para cubrir aquellos c) Aquellos otros puestos que, en atención a por la naturaleza especial responsabilidad y confianza de sus funciones, se determinen en las relaciones de puestos de trabajo. trabajo, entre los que estarán a los que se les atribuyan las funciones de asesoramiento jurídico y representación y defensa ante los tribunales de justicia. Debiendo quedar en cualquier caso suficientemente acreditada y justificada la concurrencia de tales circunstancias.
2. 4. Las convocatorias para proveer puestos de trabajo por concurso o por libre designación, así como sus correspondientes resoluciones, deberán publicarse en el «Boletín Boletín Oficial del Principado de Asturias» y «Boletín Oficial» de la provincia Asturias por la autoridad competente para efectuar los nombramientos.
3. En las convocatorias de concurso deberán incluirse, en todo caso, los siguientes datos y circunstancias:
Denominación, nivel y localización del puesto.
Requisitos indispensables para desempeñarlo.
Baremo para puntuar los méritos.
Puntuación mínima
5. El plazo para la adjudicación presentación de las vacantes convocadas. Funciones básicas solicitudes será, como mínimo, de 20 días hábiles desde la publicación del puesto. anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
4. 6. Las convocatorias públicas para la provisión de puestos por el sistema de libre designación incluirán los datos siguientes:
Denominación, nivel y localización del puesto.
Requisitos indispensables para desempeñarlo.
5. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles desde la publicación del anuncio de convocatoria en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y «Boletín Oficial» de la provincia.
6. Los funcionarios deberán permanecer en cada puesto de trabajo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión de puestos, salvo en el ámbito de la Consejería correspondiente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de julio de 2014 En vigor BOE-A-2014-10576 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-4297 Leer Qué cambió
18 de abril de 1991 BOE-A-1991-12092 Leer Qué cambió
19 de enero de 1986 Texto original Leer

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