Legislación › Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Publica de la Administración del Principado de Asturias.
Artículo 7.
Artículo 7.
Será considerado personal eventual quienes en virtud de nombramiento legal desempeñen temporalmente cargos o puestos considerados como de confianza o de asesoramiento especial.


