Legislación › Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Disposición adicional segunda.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1986 y la del 18 de agosto de 2015.
Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición adicional segunda.
Los requisitos de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía, duración de los cursos, plazos de mínima permanencia en las diversas Escalas y categorías, régimen de ascensos, y de promoción, cursos, programas, constitución de los Tribunales, varemos y demás requisitos que en cada caso sean exigidos, se determinarán reglamentariamente. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-8468 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1986 | Texto original | Leer |
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