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Legislación › Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Disposición adicional segunda.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1986 y la del 18 de agosto de 2015. Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional segunda.
Los requisitos de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía, duración de los cursos, plazos de mínima permanencia en las diversas Escalas y categorías, régimen de ascensos, y de promoción, cursos, programas, constitución de los Tribunales, varemos y demás requisitos que en cada caso sean exigidos, se determinarán reglamentariamente. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de agosto de 2015 En vigor BOE-A-2015-8468 Leer Qué cambió
3 de abril de 1986 Texto original Leer

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