Legislación › Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero, de incompatibilidades del personal militar.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
Los órganos competentes de los Ministerios de Defensa e Interior, por lo que se refiere a la Guardia Civil, coordinarán con la Inspección General de Servicios de la Administración Pública las medidas oportunas para prevenir o corregir las incompatibilidades en las que pueda incurrir el personal militar.
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