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Legislación › Orden de 17 de marzo de 1986 por la que se dictan normas para la homologación de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas.

Octavo.

Octavo.

Las entidades colaboradoras acreditadas para actuar en la aplicación del Acuerdo Internacional sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), o del Reglamento Nacional de Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, quedan, automáticamente, autorizadas para extender las actas de ensayo requeridas por los Reglamentos a que hace referencia la presente Orden.

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