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Legislación › Ley 12/1986, de 1 de abril, sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros técnicos.

Disposición adicional.

Disposición adicional.

Lo establecido en la presente Ley no será directamente aplicable a los Arquitectos e Ingenieros técnicos vinculados a la Administración Publica por una relación de servicios de naturaleza jurídica administrativa, los cuales se regirán por sus respectivas normas estatutarias.

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