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Legislación › Ley 1/1986, de 7 de enero, de ordenación de la Enseñanza Musical en Canarias.

Artículo 8.

Artículo 8.

El Gobierno de Canarias pondrá en marcha un Plan de Renovación de la Enseñanza Musical que, sin menoscabo de la normativa estatal básica, perseguirá los siguientes objetivos:

a) Acercar la cultura musical, en todas sus manifestaciones, al conocimiento y la participación de la sociedad.

b) Introducir un tratamiento diferencial entre los niveles de enseñanza premusical, elemental y profesional.

c) Desmasificar los Conservatorios, dotándoles de profesorado, optimizando los porcentajes profesor-alumno, y dando una adecuada distribución geográfica de los Centros.

d) Mejorar los planes de estudio existentes, eliminando sus aspectos obsoletos e introduciendo las modernizaciones necesarias.

e) Promover la formación y actualización permanente del profesorado

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