Legislación › Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Art. 159.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 1986 y la del 30 de junio de 1994.
Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (44 palabras).
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Art. 159.
1. La creación, clasificación creación y supresión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, nacional será de competencia del Ministerio para las Administraciones Públicas.
La competencia de Administración Territorial, ejecución en materia de clasificación de dichos puestos corresponde a las Comunidades Autónomas, de acuerdo con los límites de población, presupuesto y demás circunstancias generales y objetivas que se establezcan reglamentariamente. reglamentariamente por la Administración del Estado.
2. En A solicitud de los municipios donde exista población muy superior a la residente durante importantes temporadas del año o en los que concurran las condiciones de centro de comarca o de localización de actividades o de acción urbanística muy superior a la normal, normal u otras objetivas análogas, el Ministerio de Administración Territorial la Comunidad Autónoma podrá acordar que el puesto de trabajo se clasifique en categoría superior a la que corresponda por su población.
3. Se El Gobierno regulará reglamentariamente la situación en que hayan de quedar los funcionarios que desempeñen puestos de trabajo cuya clasificación sea alterada, pudiendo preverse, en determinados casos, y a petición de la respectiva Corporación, que continúen como funcionarios de Administración General de la respectiva Corporación, misma, con respeto de sus retribuciones básicas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11719 | Leer | Qué cambió |
| 13 de mayo de 2007 | BOE-A-2007-7788 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1995 | BOE-A-1994-28968 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 1994 | BOE-A-1994-14961 | Leer | Qué cambió |
| 12 de mayo de 1986 | Texto original | Leer |


