Legislación › Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Art. 16.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 1986 y la del 13 de enero de 1996.
Tachado: lo que se quitó (20 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Art. 16.
Los españoles menores de edad emancipados o judicialmente habilitados tendrán iguales derechos que los vecinos, salvo los de carácter político. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de enero de 1996 En vigor | BOE-A-1996-753 | Leer | Qué cambió |
| 12 de mayo de 1986 | Texto original | Leer |


