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Legislación › Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Art. 39.

Art. 39.

El Alcalde pedáneo, órgano unipersonal ejecutivo de la Entidad local, preside la Junta Vecinal y es elegido conforme a la Ley Electoral.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 165, de 11 de julio de 1986. BOE-A-1986-18436

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