LexTotal

Legislación › Ley 7/1987, de 4 de abril, por la que se establecen y regulan actuaciones públicas especiales en la «conurbación» de Barcelona y en las comarcas comprendidas dentro de su zona de influencia directa.

Artículo 2.

Artículo 2.

1. El régimen especial que establece la presente Ley se articula de acuerdo con los siguientes principios:

a) La eficacia y coordinación en la prestación de los servicios.

b) El respeto a la autonomía municipal y a las competencias que, corresponden a cada administración pública.

c) La participación de los Entes locales territoriales en las decisiones de las demás Administraciones públicas.

2. Constituyen los instrumentos básicos del régimen especial:

a) La planificación y coordinación en el ámbito regional.

b) La creación de Entidades metropolitanas para la planificación conjunta, programación coordinación, gestión y ejecución de determinados servicios.

c) La devolución de competencias a los municipios afectados por el Decreto-Ley 5/1974, de 24 de agosto, el Decreto 3276/1974, de 28 de noviembre.

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →