Legislación › Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.
Artículo 13. Naturaleza y composición del Consejo Asesor.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 1987 y la del 28 de mayo de 2016.
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Artículo 13. Naturaleza y composición del Consejo Asesor.
1. El Consejo Asesor es el órgano de la Corporación Aragonesa participación de Radio y Televisión la sociedad civil en la Corporación.
2. El Consejo Asesor estará compuesto por los siguientes miembros: dieciséis miembros, ratificados por las Cortes de Aragón, a propuesta de las entidades o instituciones en él representados, conforme a la siguiente composición:
a) Tres Vocales Dos vocales representantes de los trabajadores de la Corporación y de sus Sociedades, sociedades, elegidos con criterios de representación y proporcionalidad referidos a la implantación de las organizaciones sindicales.
b) Tres Vocales designados por las Diputaciones Provinciales, a razón Dos vocales representantes de uno por cada una los trabajadores de las mismas. empresas privadas que prestan servicios de producción audiovisual para la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y sus sociedades.
c) Tres Vocales designados por la Diputación General, Cuatro vocales, de los cuales dos lo serán a propuesta de las asociaciones, instituciones y Entidades docentes, culturales asociaciones de la prensa y profesionales, entre personas dos, en representación de méritos relevantes. otras asociaciones profesionales del sector.
d) Tres Vocales representantes de los usuarios Dos vocales, de los servicios públicos elegidos cuales uno será propuesto por las la Universidad de Zaragoza y otro, en representación de otras instituciones de formación superior en estas materias.
e) Dos vocales a propuesta de asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas.
e) f) Un vocal a propuesta de entidades de las personas con discapacidad auditiva y visual.
g) Tres Vocales libremente designados por vocales en representación de los Institutos de la Diputación General. Mujer, de la Juventud y de Empleo, respectivamente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de mayo de 2016 En vigor | BOE-A-2016-5902 | Leer | Qué cambió |
| 12 de mayo de 1987 | Texto original | Leer |


